este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (UNIPERSONAL) en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano: CARLOS ANTONIO FIGUEROA, venezolano, de 29 años de edad, fecha de nacimiento: 18-06-1973, natural de Araure Estado Portuguesa, de profesión Desconocida, residenciado en la avenida 05 con calle 05, casa N° 38, Barrio La Romana, Araure Estado Portuguesa, y titular de la Cédula de Identidad N° 12.041.852; a quien se le atribuye la presunta comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionados en el artículo 458 único aparte del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, cometido en perjuicio de la ciudadana KARLA CAROLINA ALVAREZ YEPEZ, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.