Ahora bien, por cuanto se desprende de la revisión de las actas que conforman la presente causa, que cuando me encontraba desempeñándome como Juez Suplente de Control Nº 01 emití opinión por encontrarme en conocimiento de la presente causa cuando ordene en fecha 16-02-2008, la apertura a juicio oral y público contra los ciudadanos MONTILLA KLEIBER RAFAEL, encuadra perfectamente dentro del tipo penal de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en relación con el artículo 6, ordinales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotores, y a los ciudadanos FLORES SÁNCHEZ JONATHAN ANTONIO y ESPAÑA GONZÁLEZ ÁNGEL DAVID, se encuentran incursos en los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en los Artículo 5 y 6 numerales 1, 2, y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de vehículos, en concordancia con el Artículo 84 ordinal 3ero., del Código Penal vigente cometido en perjuicio de el ciudadano J.....