SE DECLARO: 1.- SIN LUGAR la solicitud de revisión de la medida de privación Judicial Preventiva de Libertad que recae sobre el imputado RAFAEL ANTONIO RAMIREZ, presentada por su esposa NEIDA JOSEFINA SILVA MARTINEZ; en virtud de que las circunstancias que dieron lugar a la privación judicial preventiva de libertad no han variado. 2.- Se establece como sitio de reclusión temporal mientras dure el Juicio a la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa con sede en Guanare.