Publicación. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 3 (UNIPERSONAL) del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado: RAÚL EDUARDO PERALTA SOLARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: 9.560.339, domiciliado en la calle 4 con avenidas 4 y 5 casa N° 4-54 del Barrio San Antonio de la ciudad de Acarigua del estado Portuguesa, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL DE NIÑA EN GRADO DE TENTATIVA previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el primer aparte del artículo 80 del Código Penal, en perjuicio de la NIÑA (CUYO NOMBRE SE OMITE POR ORDEN DE LEY); imponiéndoles la pena de UN (1) AÑOS DE PRISIÓN más las accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal.