DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones y disquisiciones ut supra explanadas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal Unipersonal en función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua; por el poder soberano del nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE a JOHAN ALEXANDER BOLIVAR CEDEÑO, venezolano, de 26 años de edad, natural de Valle La Pascua, Estado Guarico, donde nació el 30-07-1980, soltero, residenciado en la zona centro de Acarigua, frente a la Empresa Italclima, casa sin número Acarigua Estado Portuguesa, y titular de la cédula de identidad No. 14.643.933, por el delito ASALTO A TRANSPORTE PÚBLICO, previsto y sancionado en el articulo 357 tercer aparte del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos JOSE FIDEL SARMIENTO LA CRUZ, conductor del Transporte Público perteneciente a la Línea Araure-La Lucía y demás pasajeros NOE ALEXIS GARCIA MARQUEZ, JOSE NICOLAS ALVAREZ VASQUEZ, FRANKL.....