Por todas estas consideraciones este Tribunal en funciones de Juicio Nº 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, ACUERDA orden de aprehensión al ciudadano : ALBERTO JOSE RODRIGUEZ, venezolano, de estado civil soltero, mayor de edad, de profesión u oficio obrero, titular de la Cedula de Identidad Nº 25.435.520 y residenciado en la calle principal del sector Patio Grande de la ciudad de Villa Bruzual del Estado Portuguesa, a quien se le atribuye la comisión de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5 y 6 ordinales 1, 2 y 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehiculo cometido en perjuicio de VICTOR ALEXANDER DELGADO en virtud de haberse fugado del reten policial aparejada una posición de no querer enfrentar el proceso penal incoado en su contra.