este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a las acusadas DAHOMEY NAMIBIA PEREZ CORDOVA, venezolana, titular de la Cédula de Identidad No. V-13.040.015, casada, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacida en fecha 4-1-1977, de 31 años de edad, de profesión u oficio: TSU en Administración de Empresas, residenciada en la Urbanización Altos de la Colonia, calle 3, entre transversal 3 y 4, casa Nro. 062, Guanare, Estado Portuguesa, teléfono: 04125205182 y ROSA MARIA CORDOVA BENITEZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad No. V7.149.879, casada, natural de Cabimas, Estado Zulia, nacida en fecha 22-12-1971, de 36 años de edad, de profesión u oficio: Licenciada en Administración, residenciada en la Urbanización La Colonia, parte alta, final recta de la Unellez, frente a la urbanización Casa de Teja,.....