CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al ciudadano JOSÉ GREGORIO LÓPEZ GALINDEZ, venezolano, soltero, soltero, fecha de nacimiento 30-05-1992, profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad N° 22.100.385, residenciado en el Barrio La Manga, calle 9, de la Parroquia de Payara, Municipio Páez, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 259 primer aparte de la Ley orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, cometido en perjuicio de NIÑA CUYO NOMBRE SE OMITE POR RAZONES DE LEY, a la pena de: DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN