DISPOSITIVA
Conforme a la motivación expresada, este Juzgado de de Primera Instancia Penal en función de Juicio N° 04; en nombre del poder soberano de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERRUPCIÓN DEL DEBATE ORAL Y PUBLICO EN ESTE JUICIO, y el satatu quo de la MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD QUE PESA SOBRE LOS ACUSADOS. Así mismo, ordena el DECAIMIENTO DE LA AUDIENCIA ordenándose iniciar nuevo juicio para la fecha de 17 de Mayo de 2007, a las 10:00 am. Se acuerda la anulabilidad tácita de las actuaciones procesales hasta ahora realizadas en este juicio.
Ofíciese, diarícese y déjese copia
El JUEZ DE JUICIO N° IV
ABG. RAFAEL ANGEL GARCIA GONZALEZ
LA SECRETARIA,
ABG. KATHERIN CONSTANTINE