CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) a los ciudadanos: FREDDY ALEXANDER PERAZA GONZÁLEZ, de 35 años de edad, venezolano, natural de Guanare, soltero, oficio no definido, nació el 08-08-77, titular de la Cedula de Identidad número V-12.896.494 residenciado en el Barrio La Pastora, calle 15, casa 41-71, avenida principal, Guanare, Estado Portuguesa; ALEXANDER JOSÉ FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, de 34 años de edad, venezolano, natural de Guanare, soltero, de oficio indefinido, nació el 05-05-81, titular de la Cédula de Identidad número V16.477.756, residenciado en la avenida Sucre, avenida principal, casa sin número, Guanare, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Contra la Extorsión y el Secuestro y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6, en concordancia con el artículo 16 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, a la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRISIÓN