Este tribunal acuerda la reclusión del penado RICHARD ALEXANDER OROPEZA, como RESIDENTE en el Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal (I P C A A), ubicado en el Centro Penitenciario de Los Llanos Occidentales, como fórmula de cumplimiento de la pena que le fuera impuesta; todo de conformidad con los Artículos 479 Ordinal 1° y 501, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 67 y 65 ambos de la Ley de Régimen Penitenciario, imponiéndosele la obligación de acatar toda la normativa establecida por la administración de dicho Instituto.