En consecuencia, este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. ACUERDA EJECUTAR LA SENTENCIA, de conformidad con lo previsto en el Primer Aparte del Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, para el penado Eduard Alejandro Peraza Betancourt, en los siguientes términos; Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Condenatoria dictada por el Juzgado de Juicio N° 2 de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en fecha 19-09-2007, mediante la cual Condena al penado EDUARD ALEJANDRO PERAZA BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, titular de la N° 16.042.904, residenciado en la vereda 06 con vereda 01, sector 03, casa N° 06, Urbanización Baraure 4, Araure Estado Portuguesa, imponiéndole la pena de TRECE (13) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO, por la comisión del delito de: de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal perpetrad.....