DISPOSITIVA
Por la razones antes expuestas y existiendo suficientes elementos de convicción, este Tribunal de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, le impone la sanción definitiva al adolescente (Identidad Omitida), a cumplir las sanciones de la Libertad Asistida por el lapso de dos (02) años y la imposición de Reglas de Conducta por el período de dos (02) años, conforme con las pautas establecidas en el artículo 622 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por imputársele la comisión de uno de los delitos Contra Las Buenas Costumbres y el Buen Orden de las Familias, específicamente el delito de Violación, previsto en el artículo 374 Ordinal .....