DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la continuación de la investigación bajo los parámetros del procedimiento ordinario y se les impone a los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS POR RAZONES DE LEY, la Medida de DETENCIÓN PREVENTIVA PARA ASEGURAR LA COMPARECENCIA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR, de conformidad a lo previsto en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual se cumplirá en la Casa de Formación Integral Acarigua I, por imputárseles la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD Y CONTRA LAS PERSONAS, específicamente el delito de ROBO AGRAVADO y el Delito de LESIONES INTENCIONALES DE CARÁCTER GRAVE, previstos y sancionados en los artículos 458 y 415 ambos del Código Penal, y como vi.....