DISPOSITIVA
Es por las razones expuestas, que este Tribunal de Control N° 01 del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA imponer al adolescente: (Identidad Omitida), las medidas cautelares previstas en el artículo 582, literales "F" y "G" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, las cuales consisten en:
1.-) La prohibición de acercarse a la víctima y a su entorno familiar y
2.-) La presentación de dos fiadores de reconocida solvencia moral y económica.
Por imputársele la presunta comisión de uno de los delitos Contra las Buenas Costumbre y Buen Orden de la Familia, específicamente el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 374, ordinal 1º del Código Penal .....