DISPOSITIVA
Por la razones antes expuestas y existiendo suficientes elementos probatorios, este Tribunal de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Sanciona de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY,a cumplir como sanción definitiva: 1.- LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el artículo 624, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente por el lapso de Nueve (01) año, y 2.- REGLAS DE CONDUCTA prevista en el artículo 626, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente por el lapso de Nueve (01) año, las cuales se cumplirán de manera simultanea, por imputársele la Comisión de uno de los Del.....