DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribual de Control N° 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa que se le sigue al Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, de conformidad a lo establecido en el Artículo 561, Literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ello en concordancia con el artículo 318, Ordinal 2°, del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa del Artículo 537 de la citada Ley.
Se deja sin efecto la Medida Cautelar, prevista en el artículo 582, literal "B" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que le fuere impuesta al mencionado adolescente en audiencia oral de presentación de detenido celebrada en fecha 18-03-2007.
Se ordena la remisión del arma de fue.....