DISPOSITIVA.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad a lo establecido en el artículo 566 y articulo 576 y 578 literal d, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Homologa el acuerdo de Conciliación al que han llegado las partes, y se le imponen a la adolescente SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY , venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-25.606.052, residenciada en la calle 3, de centro "A" El Moro, las Majaguas, Municipio San Rafael de Onoto, Edo. Portuguesa, hija de Lisbeth Colmenárez, teléfono de ubicación: 0426-7570608, las siguientes obligaciones:
1) La Obligación de la adolescente SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY , de no acercarse a la victima y a su entorno familiar.
2) La Obligación de la adolescente de someterse a La.....