CUARTO: El Tribunal acuerda RATIFICAR la Detención impuesta en la Audiencia de Presentación al adolescente Identidad Omitida, por lo que en consecuencia decreta la Medida Cautelar de PRISION PREVENTIVA DE LIBERTAD, prevista en el artículo 581de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a los fines de asegurar su comparecencia a Juicio, en consecuencia, se Ordena el REINGRESO del adolescente ya identificado al C.D.T. Acarigua I, de esta ciudad.
QUINTO: Se intima a todas las partes, para que en el plazo común de cinco (5) días, contados a partir de la remisión de las actuaciones concurran ante el Tribunal de Juicio.
SEXTO: Este Tribunal de Control Nº 2 a cargo de la Juez Dra. Zulay Rojas de Márquez, ordena la remisión de las actuaciones al Tribunal de Juicio.
Dado, firmado y sellado por ante la Sala de Audiencias del Tribunal de Control Nº 2 de Responsabilidad Penal de Adolescentes. Acarigua Estado Portuguesa a los dos días del mes de marzo del dos mil c.....