DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos ampliamente expresados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa, a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA iniciada por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales de Carácter Grave, establecido en el artículo 415 del Código Penal, todo de conformidad con el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente en virtud de la remisión expresa establecida en el artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese, regístrese, déjese copia y remítase en la oportunidad de ley al archivo definitivo.
Abg. LAURA ELENA RAIDE RICCI
JUEZ DE CONTROL N° 02
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