Por la razones antes expuestas, Tribunal de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control N° 2. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 583 y 578 literal "f" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Condena al adolescente (identidad omitida), por imputársele la Comisión del delito de POSESION ILICITA, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, a cumplir la sanción de Libertad Asistida establecida en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el lapso de un (01) año, en perjuicio del Estado Venezolano.
Quedan notificadas las partes de la presente decisión, en la sala de audiencias del Tribunal de Control N° 02 del Sistema Penal de Responsabilidad del Ado.....