DISPOSITIVA
Por la razones antes expuestas, Tribunal de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 2. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo establecido en el artículo 583 y 578 literal "f" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, Condena al adolescente: (identidad omitida), a cumplir de forma simultanea las sanciones de Libertad Asistida establecida en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el lapso de un (01) año y Reglas de Conducta , por el lapso de un (01) año establecida en el artículo 624 ejusden, por la comisión del Delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en el 5 y 6 ordinales 1°, 2°, 3° y 10° de la LEY SOBRE ROBO Y HURTO DE VEHICULO, cometido en perjuicio del ciudadano DOUGLAS ANTONIO LINAREZ.
Quedan notificadas las partes de la pr.....