DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dictamina lo siguiente:
1.- Se acuerda la continuación de la investigación bajo los parámetros del procedimiento ordinario.
2.- Se autoriza la practica de las experticias toxicológica, química y botánica, así como los exámenes psiquiátrico, psicológico y social conforme lo establecido en el artículo 555 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. En lo que respecta a los exámenes psicológico y social se designan a los licenciados Guillermo Laurentin y Jhoanny Gómez adscritos al Equipo Técnico Multidisciplinario con fundamento en lo establecido en el artículo 238 del Código Orgánico Procesal Penal.
3.- Declara con lugar la solicitud.....