DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa seguida al adolescente SE OMITEN SUS NOMBRES POR RAZONES DE LEY, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES DE CARÁCTER LEVE, previsto en el artículo 416 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la adolescente SE OMITEN SUS NOMBRES POR RAZONES DE LEY, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Notifíquese a las partes de la presente decisión. #Secumplen30añosdelaConvenciónInteramericanadelosDerechosdelosNiños,NiñasyAdolescentes.
Dictada, sellada y firmada en el tribunal de Control N° 02, del sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal .....