A
DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, donde aparece como Imputado el adolescente: IDENTIDAD OMITIDAEstado Portuguesa, todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Notifíquese a las partes de la presente Decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescente. Extensión Acarigua. A los veintidós días del mes de Mayo del año dos mil siete.-
LA JUEZ DE CONTROL N° 2.
ABG. NIORKIZ AGUIRRE BARRIOS
LA SECRETARIA
ABG. URYD.....