DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 2. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, administrando justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme lo establecido en el artículo 578 literal "f" de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes PRIMERO: Condena al adolescente IDENTIDAD OMITIDA por la comisión del delito de FUGA DE DETENIDO , previsto en el artículo 258 del Código Penal, en perjuicio de LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, ampliamente identificados a cumplir la Sanción Definitiva de AMONESTACIÓN, de conformidad con el articulo 623 de la Ley Especial. SEGUNDO: Se ordena la remisión de las actuaciones dentro del lapso legal al Tribunal de Ejecución. TERCERO: Se ordena la DIVISIÓN DE LA CONTINENCIA y se ordena asignarle nueva numeración en relación al imputado IDENTIDAD OMITIDA, la cua.....