DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos ampliamente expresados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público en contra del adolescente acusado (Identidad Omitida), por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Así se declara.-
Segundo: Se admite la totalidad de los medios de prueba ofrecidas por el Ministerio Público, relacionados con las declaraciones del experto y de los funcionarios policiales actuantes en el procedimiento, así como la evidencia material, por los motivos ya expresados. Así se declara.-
Tercero: Como cons.....