Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal Del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa seguida al adolescente: Identidad Omitida ampliamente identificado en autos, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 318 ordinal 1º Y 2° del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisión expresa del articulo 537 de la citada ley. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control N° 02 del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente. Extensión Acarigua. A los Veintiocho días del mes de Marzo del año dos mil cinco.
La Juez de Control No. 02.
ABG. ZULAY ROJAS DE.....