DISPOSITIVA.
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Sección Adolescentes Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA a los adolescentes: (IDENTIDAD OMITIDA), a cumplir la sanción de Libertad Asistida por el lapso de dos (2) años de conformidad a lo previsto en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del Adolescente y (IDENTIDAD OMITIDA), a cumplir la sanción de Libertad Asistida por el lapso de Un (1) año de conformidad a lo previsto en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del Adolescente. por la comisión del delito de delitos establecido en la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicos específicamente el Delito de Distribución de Drogas, previsto y sancionado en el artículo 34, de la Ley antes mencionado, y vigente para el momento de l.....