DISPOSITIVA.
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo establecido en el artículo 581 Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ACUERDA, sustituir la Medida Cautelar de Prisión Preventiva Impuesta a los adolescentes: IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, y el adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, , , a quienes se les acusa al imputársele la presunta comisión del delito TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto en el articulo 7, de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano FRANCISCO JOSE GONZALEZ, y adicionalmente para el adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, se le imputa el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO NO INDUSTRIALIZADO, previsto en el articulo 112.....