DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 629 y 646 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Acuerda mantener el cumplimiento de las medidas de Reglas de Conducta en la forma originariamente impuesta, en consecuencia se le ordena a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, antes identificada, acudir a todas las citas que le paute el Equipo Técnico Multidisciplinario, a fin de cumplir cabalmente la medida de Libertad asistida, y en lo que respecta a la medida de reglas de conducta, se le otorga el lapso de un mes a los efectos de que consigne el último trabajo manuscrito que le resta por presentar. Por último, se le informó que en caso de incumplir con las obligaciones se le podría revocar las medid.....