DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 629 y 646 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Acuerda Mantener el cumplimiento de la medida de Reglas de Conducta en la forma originariamente impuesta, en consecuencia se le ordena al adolescente legal IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, consignar en el lapso de un (01) mes la respectiva constancia de trabajo y posteriormente cada tres (03) meses, de igual forma se le recuerda al adolescente legal continúe cumpliendo con la medida de Libertad Asistida conforme lo establecido en el artículo 626 ejusdem, por lo que deberá asistir a todas y cada una de las citas pautadas por Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a este Sistema Penal de Re.....