DISPOSITIVA
Sobre la base de todo lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara el CESE de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, impuestas al ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA), antes identificado, en virtud de haber cumplido la misma, en consecuencia se declara la LIBERTAD PLENA del mismo en lo que respecta a la presente causa, dejándose sin efecto cualquier medida de coerción personal sobre el mencionado sancionado, que pudiera existir por la presente causa. Notifíquese. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
Notifíquese, publíquese, diarícese y déjese copia.
Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Exten.....