DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 629, 631, 646 y 647 literales a, b y d de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda vista la garantía de los derechos de la adolescente sancionada, en este mismo acto oficiar al Equipo Técnico Multidisciplinario a objeto de que a la brevedad posible determinen y precisen el diagnostico dado en dicho informe, de igual manera se acuerda oficiar a la Fiscalía de Protección y al Consejo de Protección del Niño y del Adolescente a objeto de informar el estado de salud física y psíquica de la sancionada, con el fin de garantizar los derechos de la misma y derechos de Protección del infante que está por nacer. De igual manera este Tribunal acuerda sea realizada e.....