DISPÓSITIVA.
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el CESE DE LA SANCIÓN de AMONESTACIÓN que le fuere impuesta al adolescente: IDENTIDAD OMITIDAconforme a los artículos 645 y 647 literal "h", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así mismo se DECRETA LA LIBERTAD PLENA del adolescente, conforme al artículo 645 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Quedan notificadas las partes asistentes de la presente decisión, en la sala de audiencias del Tribunal de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Se ordena notificar a la Representante del Ministerio Publico y a la víctima.
Se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Archi.....