Sobre la base de todo lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara a favor del adolescente Identidad Omitida, antes identificado, el CESE de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, en consecuencia, se ordena la LIBERTAD PLENA del identificado adolescente y el archivo de la presente causa una vez conste en autos las notificaciones respectivas y se cumpla el lapso legal.