DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 629 y 646 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Acuerda mantener el cumplimiento de las medidas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta en la forma originariamente impuesta, en consecuencia se le ordena al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, iniciar las orientaciones psicológicas y sociales de manera inmediata, por lo que deberá acudir al Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a este Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, a los fines de solicitar la cita respectiva, a fin de cumplir cabalmente con la medida de Libertad Asistida. En lo que respecta a las Reglas de Conducta, el adolescente deberá consignar constancia .....