DECISION
Por los motivos antes expuestos y sus fundamentos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio y, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos: ANGEL ALEXANDER JIMENEZ BRITO y ANERQUIS JOSEFINA MORGANO QUIROZ, titulares de las Cédulas de Identidad números V-12.710.133 y V-11.931.316, en virtud del matrimonio civil contraído ante la Parroquia Goaigoaza Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, en fecha 07 de Julio de 2001, según consta del Acta de Matrimonio Nº 51. Y Así se Declara.
Respecto a la adolescente y la niña: (se omiten), actualmente de catorce (14) y nueve (09) años de edad.
La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida conjuntamente por ambos padres. La Custodia, la.....