Es con base a los razonamientos anteriormente expuestos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en la causa iniciada por demanda de divorcio, intentada por LINA ISABEL CASTILLO DE RUIZ contra JEMMY JOSÉ RUIZ ÁLVAREZ ambos identificados, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la demanda y en consecuencia vigente el vínculo conyugal existente entre ellos, en virtud del matrimonio que contrajeron el 23 de julio de 1993, según acta de matrimonio número 223 de los Libros de Registro Civil de Matrimonios que llevaba la Prefectura del Municipio Araure del Estado Portuguesa.