Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en la causa iniciada por demanda de partición de herencia, intentada por JONATHAN JOSÉ NIETO TOVAR ya identificado, contra VICTORIA DE JESÚS NIETO DE ÁLVAREZ, IRIA GUADALUPE NIETO DE PARRA y JOSÉ OCTAVIO NIETO JIMÉNEZ también identificados, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la cuestión previa por defecto de forma opuesta por la representación judicial del codemandado JOSÉ OCTAVIO NIETO JIMÉNEZ.