Es con base a los razonamientos anteriormente expuestos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en la causa iniciada por demanda de resolución de contrato de venta con reserva de dominio y cobro de cláusula penal, intentada por PEDRO JOSÉ CARRASCO ya identificado, contra JUAN CARLOS CORDERO también identificado, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la impugnación de la cuantía de la demanda propuesta por la defensa del demandado y CON LUGAR la demanda.