Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda, REPONER la presente causa al estado en que se designe nuevo defensor ad litem a la parte demandada. Se dejan sin efecto todas las actuaciones posteriores al auto de fecha 09 de noviembre de 2009, que riela al folio Diez (10) de la pieza numero dos, del presente expediente, mediante el cual fue designado el defensor judicial, así como su remoción del cargo designado, y en consecuencia nulas todas las demás actuaciones posteriores a la mencionada fecha. Es todo.
Publíquese y Regístrese, Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito Judicial .....