declara estas diligencias, suficientes para asegurarle a la ciudadana CRUZ DE ELINA MENDOZA COLMENAREZ, antes identificada el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías determinadas, quedando a salvo los derechos de tercero, se deja constancia que no fue presentada la Autorización por la Alcaldía del Municipio Araure del Estado Portuguesa, para que la solicitante se provee del respectivo TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías edificadas dentro DEL REFERIDO LOTE DE TERRENO MUNICIPAL.- Devuélvanse estas actuaciones con sus resultas.-