D I S P O S I T I V A
En consecuencia, por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PERIMIDA, la presente demanda por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACION, incoada por los ciudadanos: NESTOR ALVAREZ YÉPEZ, JACKSON PÉREZ MONTANER, ARTURO MELÉNDEZ ARISPE y MARLENE RODRÍGUEZ, Abogados en Ejercicio, inscritos en los Inpreabogado bajo los Nrs 36.399, 48.195, 53.487 y 33.928; respectivamente, procediendo en su carácter de Apoderados Judiciales de "BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A.", contra SOCIEDAD MERCANTIL SOCIEDAD MERCANTIL LA PARADA DEL PAN C.A, representada por la persona de su DIRECTOR ADMINISTRATIVO, ciudadano: WAEIL SHALHOUB, de conformidad con el Artículo en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concor.....