DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en el presente juicio de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, declara:
PRIMERO: La HOMOLOGACIÓN DEL CONVENIMIENTO a la demanda, presentado por el demandado, ciudadano PABLO ANTONIO QUIROZ MÚJICA, venezolano, mayor de edad, soltero, hábil civilmente, titular de la Cédula de Identidad número V-9.567.252.
SEGUNDO: CON LUGAR la presente acción de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO presentado como documento fundamental de la acción que cursa en el folio tres (03) del presente expediente, que fue consignado y que se refiere a las actuaciones celebradas entre los ciudadanos WILFREDO JEREMÍA LINAREZ ESCALONA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-17.601.050, y el ciudadano PABLO ANTONIO QUIROZ MÚJICA, venezolano, mayor de edad, solter.....