Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
CON LUGAR la presente acción de COBRO DE BOLÍVARES (VIA ORDINARIA), incoada por BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A. representada por su apoderado Judicial, Abogado MIGUEL ADOLFO ANZOLA CRESPO, contra los ciudadanos LUIS ENRIQUE BARON CACERES Y ARTURO BARON CACERES, en su carácter de deudor principal y fiador solidario y principal pagador, todos identificados en autos.-
En consecuencia, se condena a los demandados a pagar: 1) la cantidad de VEINTIOCHO MIL CIENTO OCHENTA BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 28.180,00), por concepto del saldo del crédito otorgado, de acuerdo a lo establecido en el instrumento cambiario accionado. 2) La cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 5.500,00), por.....