DECISIÓN.
Por los anteriores razonamientos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, actuando en SEDE CONSTITUCIONAL en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara su INCOMPETENCIA EN RAZÓN DE LA MATERIA, para conocer de la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por la ciudadana MARÍA DEL PILAR DELGADO ROJAS, quien actúa en su nombre y en su carácter de presidenta de la Junta Directiva de la Sociedad Mercantil PLANTY AGRO, C.A. empresa inscrita por ante el Registro mercantil Segundo del Estado Portuguesa, en fecha 31/01/2011, bajo el Nro. 60, tomo 3-A, expediente Nro. 411-3937, con domicilio en la avenida circunvalación sur, sentido norte sur, avenida 36 salida vía Payara y avenida 41 vía de acceso a la Universidad Politécnica Territorial del estado Portuguesa "Juan de Jesús Montilla", de la ciudad de Acarigua del Estad.....