DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Autoridad de la Ley, declara su INCOMPETENCIA EN RAZÓN DE LA MATERIA, para continuar conociendo de la solicitud interpuesta por los ciudadanos FRANCIS MARGARITA GONZALEZ PEREZ, venezolana, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.644.998, debidamente asistida por el abogado DURMAN ELIGREG RODRÍGUEZ SORONDO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 60.006; y LUIS ALBERTO ALVARADO MORAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.266.365, debidamente asistido por el Abg. ANTONIO FERNANDO COFANO MANSO por motivo de HOMOLOGACIÓN A LA LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. En consecuencia, se señala como competente al Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Tran.....