DISPOSITIVA.
Por todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE EL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la presente demanda por motivo de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, intentada por la ciudadana CRISMAR YOLEIDA LOPEZ ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-16.040.604, contra el ciudadano FREDY OMAR QUINTANA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 9.838.649.
SEGUNDO: En virtud de la anterior declaratoria, y por cuanto la tercera adhesiva intervino en la presente causa, para coadyuvar al demandado en su defensa y así vencer a la parte actora, en efecto, ya que se declaró sin lugar este juicio, sucumbe la referida tercería.
TERCERO: De conformidad a lo.....