Por los fundamentos antes Expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa - Acarigua, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSION DE LA SEPARACION DE CUERPOS EN DIVORCIO, que rige entre los ciudadanos: GARRIDO COLMENAREZ ARLEN LENIN Y GARCIA PEREZ MARIELBA DEL VALLE, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.136.350 y V- 13.353.030, respectivamente, Contrajeron Matrimonio Civil por ante el Registro Civil del Municipio Araure del Estado, en fecha 09 de Febrero de 2.006, tal como se evidencia de copia certificada del acta de Matrimonio Nº 036, de los Libros de Registro Civil llevados por ese despacho, marcada con la letra "A". Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo d.....